SUBVENCIONES POR CREACIÓN DE EMPLEO MEDIANTE CONTRATACION DE PERSONAS DESEMPLEADAS

 

Hoy, 9 de junio, se publica en el Boletín Oficial de Aragón la Orden EIE/529/2016 que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones para el estímulo del mercado de trabajo y el fomento del empleo estable y de calidad, es decir las SUBVENCIONES PARA LAS EMPRESAS POR CREACIÓN DE EMPLEO MEDIANTE CONTRATACIÓN DE PERSONAS DESEMPLEADAS.

 

Queda pendiente de aprobarse la necesaria convocatoria, por lo que AÚN NO ES POSIBLE REALIZAR LAS SOLICITUDES DE SUBVENCIÓN. La convocatoria (pendiente) será la que abra el período para poder solicitarlas y establecerá el ámbito temporal de aplicación, es decir la fecha de formalización de los contratos para que puedan ser subvencionados.

 

Algunos aspectos importantes de estas subvenciones son:

1. Subvenciones para contratación indefinida: 4.000 € de subvención (con incrementos que pueden alcanzar hasta 6.000 y 8.000 €) por contratación indefinida de personas que lleven un mes desempleadas e inscritas (excepto <25 años y víctimas de violencia de género):

  • Jóvenes menores de 30 años.
  • Mayores de 45 años.
  • Mujeres, cualquiera que sea su edad.
  • Personas desempleadas de larga duración cualquiera que sea su edad.

2. Subvenciones por transformación en indefinidos de contratos para la formación y el aprendizaje, de prácticas y de interinidad cuando la persona contratada sea menor de 30 años, mayor de 45 o mujer de cualquier edad: subvenciones de entre 2.500 y 5.000 €.

3. Subvenciones para contratos en prácticas
, a tiempo completo, de duración mínima de 12 meses, celebrados con titulados universitarios menores de 30 años (35 si son discapacitados), que lleven 3 meses desempleados: 2.500-2.570 € de subvención.

4. Contratos temporales, con duración mínima de 6 meses, de trabajadores de grupos en proceso de normalización laboral o en situación de riesgo de exclusión social (mayores de 55 años con tiempo en desempleo, discapacitados de Centros Especiales de Empleo, perceptores del IAI, de la Renta Activa de Inserción, víctimas de violencia de género…): hasta 1.800 € de subvención.

Incremento de empleo: es requisito para las subvenciones por contratación indefinida que ésta suponga un incremento del nivel de empleo fijo de la empresa.

Oferta de empleo previa: en casi todos los casos es requisito que previa a la contratación se haya tramitado oferta de empleo.

Obligaciones: la percepción de la subvención obliga a mantener en el empleo al trabajador  subvencionado un mínimo de 2 años (indefinidos), 1 año (prácticas) o 6 meses (temporales) y obliga a mantener en la empresa el número de trabajadores fijos alcanzado con la contratación que se subvenciona durante un mínimo de un año .

 

 

NORMA COMPLETA

 

 

Vía:  COLEGIO DE GESTORES ADMINISTRATIVOS DE ARAGON Y LA RIOJA

(artículo completo)

 

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